Crónicas ( CLXXVI )

El 19 de febrero de 2024 hemos recibido respuesta de la DGOJ, a nuestra solicitud de intervención ante una anomalía detectada en Pokerstars, presentada en fecha 15 de noviembre de 2023:

La información transmitida será tomada en consideración en el desarrollo de las funciones de supervisión y control que esta Dirección General tiene encomendadas. A tal efecto, le significo que la DGOJ puede iniciar, a partir de esa comunicación, la investigación y comprobación de los hechos denunciados y, en la medida en que su objeto es fundamentalmente proteger y defender los intereses generales y los derechos de todos los jugadores, ello podría dar lugar, en su caso, a la apertura de un procedimiento sancionador.

Asimismo, le informamos de que, de conformidad con lo previsto en el artículo 62.5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la presentación de una denuncia no confiere al denunciante, por sí sola, la condición de interesado en el procedimiento.

En este sentido, la DGOJ no vendrá obligada a comunicar al denunciante la decisión adoptada, ya sea ésta el archivo de la denuncia, ya la de iniciar un procedimiento sancionador.

Aprovechamos la ocasión para saludarle, quedando a su disposición para cualquier información que desee relativa a esta Dirección General.”

Valoramos de manera positiva la respuesta de la DGOJ.

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