Crónicas ( CLXIV )
El 4 de abril de 2023 hemos recibido respuesta a la cuestión que enviamos el 14 de febrero a la DGOJ, desde la Sede de Ordenación del Juego.
Recordamos el contenido de nuestro escrito:
“En su respuesta de fecha 2 de enero de 2023, nos comentan que para resolver las dudas planteadas sobre si unos determinados ganadores de diferentes Spin & Go constan de la correspondiente identidad fiscal, deberíamos dirigirnos a la empresa de poker.
Creemos que su respuesta se debe a un error de interpretación y es por ello que ahondamos en la cuestión:
Si presentamos a la DGOJ una docena de Spin & Go, de 50 euros de premio, con los alias de sus ganadores -en este caso nos referimos a jugadores españoles-, ¿podrán confirmarnos si estos jugadores tienen una identidad fiscal reconocida?”
La respuesta de la DGOJ ha sido la siguiente:
“Como ya se ha contestado previamente, las labores de monitorización permanente que realiza la Dirección General de Ordenación del Juego sobre la actividad de juego de los operadores licenciados implica que estos reporten a la Dirección General de Ordenación del Juego información sobre la actividad que realizan y ello permite realizar un control permanente de las personas que participan, de las transacciones que se realizan y de los premios otorgados, así como garantizar el correcto funcionamiento de los juegos, incluyendo entre estos supuestos los torneos Spin&Go.
No obstante, dicha información está limitada al ejercicio de las competencias que esta Dirección General tiene encomendadas y sujetas, en cualquier caso, a la protección de los derechos personales. Así, de acuerdo con el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales ya a la libre circulación de estos datos , y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, la Dirección General de Ordenación del Juego tiene un compromiso con respecto al cumplimiento de su obligación de secreto con respecto a los datos de carácter personal y al deber de tratarlos con confidencialidad sin que, por tanto, pudieran ser cedidos a un tercero.”
En definitiva, si desde pokercsi enviamos a la DGOJ una relación de alias ganadores de Spin & Go, de 50 euros de premio, ni siquiera van a decirnos si los ganadores están vinculados a una identidad, con nombre y apellidos, y registrados con un NIF.
Es de notar que no pedimos que se nos den estos datos, solo que confirmen, que verifiquen que NO SON ROBOTS, y a pesar de ello la negativa de la DGOJ es tajante.
Hace tiempo que hemos llegado a la conclusión que en la DGOJ no quieren saber nada de los engaños de las casas de poker online hacia los jugadores de poker online españoles.
Prefieren cerrar los ojos los ojos a una realidad evidente que, de hacerse pública, cuestionaría la labor de la DGOJ durante más de diez años.