Crónicas ( CXCII )

Finalmente, el 31 de enero de 2025, hemos recibido respuesta por parte de la DGOJ, a nuestra denuncia de fecha 30 de julio de 2024.

En relación con su consulta en la que procede a “…denunciar la mala Atención al Cliente de Betfair” y en la que realiza una descripción de una serie de aspectos relacionados con la calidad del servicio, para, por último plantear si “¿Es razonable que diferentes casas de apuestas, casinos y póker no tengan asistencia telefónica?” cabe señalar lo siguiente:

En lo que respecta a la normativa de juego, ha de señalarse que las órdenes ministeriales reguladoras de cada una de las modalidades de juego establecen la obligación de que los operadores cuenten con un sistema de atención y resolución de las eventuales quejas y reclamaciones de los participantes, el cual deberá ser fácilmente accesible y contar, al menos, con un acceso electrónico a través de la web de los operadores.

Por otro lado, y con la finalidad de prestar información y asistencia en materia de juego seguro, los operadores de juego deberán contar con un servicio telefónico de atención al cliente, tal y como dispone el Real Decreto 176/2023.

En caso de que considerase que a la luz de la normativa citada se hubiese producido una infracción de la normativa de juego puede interponer la correspondiente denuncia a través de los canales habilitados por este centro directivo. Toda la información a cerca de cómo interponer una denuncia está disponible en  https://www.ordenacionjuego.es/es/reclamaciones.

Desde Pokercsi vamos a realizar las comprobaciones pertinentes, por si en el más de medio año transcurrido, ha habido cambios en Betfair.

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